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La ONU pide cuentas a Israel por derechos humanos - Juan Gasparini
Especial desde Ginebra LA ONU FIJA NORMAS DE DERECHOS HUMANOS A LOS TRIBUNALES MILITARES- Juan GASPARINI


La ONU pide cuentas a Israel por derechos humanos


El Comité de Derechos Humanos de la ONU que controla el acatamiento por parte de los gobiernos del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, exige al gobierno de Israel que respete las libertades públicas y los derechos individuales, según un dictamen conocido este viernes en Ginebra. El texto resulta una condena inmisericorde para el gobierno de Ariel Sharon, que envió a Ginebra a una importante delegación de funcionarios y juristas para discutir con los 18 expertos independientes de este Comité que vigilan el cumplimiento del Pacto emblemático de la ONU, ratificado por 150 de los 191 Estados miembros de Naciones Unidas


El alibí del conflicto


La resolución reitera recomendaciones anteriores, rechazando la pretensión de Israel que "el Pacto no se aplica más allá de su propio territorio, en particular en la Ribera Occidental y en Gaza", subrayando que las garantías benefician también a la población de los Territorios Ocupados.


Se añade que "cualquier conducta de sus autoridades o agentes en estos territorios que afectan el goce de los derechos consagrados en el Pacto", entran "en el ámbito de la responsabilidad estatal de Israel de acuerdo con los principios del derecho internacional público".


La reprimenda se completó recordando que la situación de conflicto con los palestinos no exime a Israel de observar el Pacto, y que la aplicabilidad de las normas del derecho internacional humanitario para casos de guerra no habilita que dicho Pacto se postergue o restrinja. Es decir, las leyes de la guerra y de la paz no pueden esgrimirse de manera divergente para debilitar el respeto de los derechos humanos, que son indivisibles, universales e interdependientes.


La ONU recomienda a Israel revisar "el carácter drástico de las medidas durante el estado de emergencia" y a finalizar "el examen de la cuestión iniciado por el Ministerio de Justicia y proceder con la preparación de la legislación destinada" a suprimirla.


En particular los expertos se refirieron a las "detenciones administrativas" que tiene por blanco a los palestinos, acompañadas por restricciones de tener un abogado y la falta de información completa sobre los motivos de la detención. A juicio de Naciones Unidas estas características limitan la efectividad de la revisión judicial, poniendo en peligro la protección contra la tortura y otros tratos inhumanos abolidos por la legislación internacional.


La coartada de la lucha antiterrorista


El Comité invita a Israel a terminar con "la vaguedad de las definiciones en la legislación y en las normas contra el terrorismo", que a su entender "parecen contravenir en varios aspectos el principio de legalidad", presuntamente en detrimento del acusado y en violación de dos artículos del Pacto. La ONU reitera el conjunto de resoluciones del Consejo de Seguridad referidas al conflicto israelopalestino, al margen de la 1373 (2001) que fija criterios para la lucha antiterrorista a escala mundial.


La ONU se dice preocupada por la practica de "ejecuciones selectivas" de quienes Israel sospecha que son terroristas en los Territorios Ocupados, reclamando directivas claramente definidas a los comandantes militares para que no exista uso desproporcionado de la fuerza, y que si investigue y sancione si así no se hiciere.


El Comité comprende la envergadura de los ataques terroristas que sufre Israel y la importancia que debe darle a las cuestiones de seguridad, pero dado el carácter y la magnitud de la respuesta represiva, subraya que esta debe ser proporcional a la actividad terrorista que busca sofocar y dirigida a las personas que participan directamente en las hostilidades, preservando a la población civil.


Al respecto, la ONU estima que "todas las medidas que tengan por objeto detener a una persona de quien se sospecha está cometiendo actos de terror, así como el uso de fuerza letal, deberían limitarse a situaciones de resistencia armada durante la detención", debiendo evitar daños colaterales excesivos a civiles inocentes, lo cual acontece en las zonas urbanas muy pobladas.


Los expertos deploran el carácter "en parte punitivo de la demolición de bienes y hogares en los Territorios Ocupados", lo cual vulnera derechos consagrados en el Pacto, como "no ser objeto de injerencias arbitrarias en su domicilio, la libertad de escoger libremente la residencia y la igualdad de todas las personas ante la ley y la igual protección de la ley".


La ONU se opone a utilizar los residentes locales en los Territorios Ocupados como escudos "voluntarios" durante operaciones militares, para registrar viviendas o detener sospechosos de terrorismo, porque "a menudo tiene como consecuencia la privación arbitraria de la vida".


El arma de la tortura


Los expertos se inquietan por el uso de la llamada "presión física moderada" para obtener información considerada crucial para la protección de la vida y la integridad física, en base al criterio de la "defensa de la necesidad", técnicas de interrogatorio incompatibles con las disposiciones que prohiben la tortura.


El Comité tomó nota con estupor que la presión física y psicológica ha sido legalizada en Israel, como se desaprende de un informe del ex presidente del Tribunal Supremo de ese país, Mosche Landau, quien fomentó la autorización de emplearlas. Se la admitió a partir del " concepto del mal menor al afirmar que la tortura real acaso estaría justificada para descubrir una bomba a punto de estallar colocada en un edificio repleto de personas y se sacó como lección de que el fin justificaba los medios", resumió uno de los 18 expertos del Comité, en los debates públicos ante los representantes de Israel.


El Comité no ignoró que el Tribunal Superior de Justicia de Israel emitió un fallo el 6 de septiembre de 1999, solo permitiendo la tortura "en situaciones de bomba a punto de estallar", evaluado sin embargo insuficiente porque dejaba abierta la puerta para las excepciones, que en la practica se ha generalizado. Lo atestiguan la cantidad de denuncias recibida por el Comité y los informes emitidos por Amnistía Internacional. Las pruebas aportadas son convergentes en cuanto a los malos tratos propinados a los detenidos: sacudidas violentas, obligación de sentarse en posición incomoda, mantenerse en cuclillas o estar de pie en puntillas, con las esposas apretadas, privados de sueño, encapuchados, obligados a escuchar música a un altísimo volumen. Incomunicados durante 90 días, los presos son vapuleados con golpes en los genitales y en la cabeza, culatazos, palizas, y piedras metidas en la boca, se les da escasa agua y comida, estando imposibilitados de concurrir al baño, mientras se los amenaza de abusos sexuales, con gritos al oído y exposiciones alternadas al frío y al calor.


Los "muros"


El derecho a la libertad de circulación se haya a juicio de la ONU restringido en Israel, en particular con la imposición de toques de queda, controles de carretera y construcción de la "Zona de Separación" mediante un cerco y un muro, dificultando el acceso a la atención de la salud, a los servicios médicos de emergencia y la llegada al agua. Por primera vez un órgano de supervisión de Tratados como es este Comité se suma al clamor internacional que se frene la construcción de ese muro que separa a Israel del pueblo palestino, el cual impone restricciones adicionales, "graves e injustificables" a los palestinos, incluso dentro de sus propios territorios.


A su vez, la ONU teme que declaraciones públicas formuladas por algunas personalidades israelíes en relación con los árabes se puedan constituir en una apología del odio racial o religioso y que inciten a la discriminación, la hostilidad o la violencia.


El Comité muestra su desacuerdo con la decisión del gobierno israelí, de suspender aunque sea temporalmente, "la posibilidad de la reunificación familiar, especialmente si se trata de los matrimonios entre ciudadanos israelíes y personas que residan en la Ribera Occidental y en Gaza".


La ONU advierte a Israel que cualquier cambio en la legislación de la ciudadanía debe hacerse con apego al Pacto, encomendándole precise la noción de "violación de la fidelidad al Estado de Israel" para revocar la ciudadanía de alguien.


Los derechos de la mujer en Israel, que la ONU desearía mejoraran, y la practica actual que rige la determinación de la objeción de conciencia, todavía insuficiente, cierran las conclusiones del dictamen, que Israel deberá tener en cuenta para pretender un respecto irrestricto de este Pacto, concluye el documento de Naciones Unidas.


Juan Gasparini